La práctica de la pericial psicológica comprende tres etapas:
Una primera etapa en la se realiza la entrevista y exploración del caso, donde se evaluará lo que sea necesario (personalidad, psicopatologías, capacidad de testimonio, secuelas psíquicas de accidentes, mobbing, etc.).
Una segunda etapa, en la que sobre los datos recogidos, se emitirá un informe por escrito, el informe pericial (documento donde el psicólogo forense expresa su opinión experta sobre el asunto que se le ha encomendado).
Una tercera fase (si fuera necesario), durante la cual, el perito defenderá las conclusiones de su informe, delante del juez y de las partes en litigio, y responderá a las aclaraciones que se precisen.
Hay ocasiones, en las que los psicólogos clínicos intervenimos en procesos judiciales emitiendo un informe clínico. Se trata de casos que han sido atendidos en nuestra consulta, recibiendo generalmente tratamiento psicológico, y posteriormente, recibimos la solicitud de informe que verifique el tratamiento seguido y las causas que lo originaron. Por tanto, para emitir un informe clínico, se debe haber tratado anteriormente a la persona, mientras que un informe pericial es solicitado sin necesidad de intervención.
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